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La Unidad de Acceso a la Información es el contacto directo entre las personas y el Poder Ejecutivo Estatal, en relación al derecho de acceso a la información, cuya función principal es la de recibir y gestionar la información solicitada, en los términos señalados por la Ley de la materia.

El derecho de acceso a la información es la facultad que tiene toda persona de obtener la información pública que recopile, procese o posea el Poder Ejecutivo, la que comprende la consulta de documentos, la obtención de copias o reproducciones y la orientación sobre su existencia y contenido.

Se entiende por información pública todo documento, registro, archivo o cualquier dato que recopile, procese o posea el Poder Ejecutivo Estatal y los demás sujetos obligados.

La adecuada aplicación de la Ley y el Reglamento de la materia, así como el cumplimiento de las responsabilidades y atribuciones de todos los involucrados